Anualidades por alimentos

Pensión alimenticia: IRPF de la nómina

Las anualidades judiciales por alimentos tienen un cálculo específico de retención si se cumplen requisitos. Mira un ejemplo y qué comunicar.

Por Yassin · Actualizado el

Si pagas alimentos a tus hijos por resolución judicial, el cálculo de tu retención puede ser distinto. No se resta sin más la pensión de la nómina ni se convierte el importe pagado en un descuento de IRPF igual de grande. El Reglamento del IRPF contempla una escala separada para determinadas anualidades, siempre que su importe sea inferior a la base para calcular el tipo y que los hijos no den derecho al mínimo por descendientes. Comunica el dato real al pagador en el apartado 4 del modelo 145.

En una simulación anual de NetoReal con 32.000 € brutos, situación general y 3.600 € de alimentos judiciales, la retención estimada pasa de 5.484,80 € a 4.713,60 €: 771,20 € menos de pagos a cuenta durante el año. El resultado no dice cuánto pagarás finalmente en la renta. Depende de los demás datos, del reparto de pagas y de que se cumplan los requisitos legales del tratamiento especial.

Para comprobar una diferencia real, solicita al pagador qué importe anual de alimentos tiene registrado y desde qué fecha. Contrasta ese dato con la resolución, las nóminas y las cantidades que efectivamente abonas. Una nueva decisión judicial puede cambiar la obligación durante el ejercicio, y el efecto en retenciones restantes no tiene por qué coincidir con una división simple del resultado anual del ejemplo entre doce. Si hay varios hijos con situaciones distintas, documenta cada caso antes de aplicar la escala especial a todo el importe.

Compara el mismo salario con y sin anualidades

Simulación ilustrativa de retención anual en 2026
SupuestoSin alimentos comunicadosCon 3.600 € judiciales
Bruto anual32.000 €32.000 €
Retención estimada5.484,80 €4.713,60 €
Diferencia de anticipo—771,20 € al año

Se mantiene el resto del perfil. Son cifras del cálculo de retención del proyecto, no una cuota definitiva ni una promesa para cualquier sentencia.

Qué exige el tratamiento fiscal especial

El artículo 85.2 del Reglamento permite aplicar por separado la escala a la parte de la base correspondiente a las anualidades satisfechas por decisión judicial y al resto de la base, con condiciones. La norma añade 1.980 € al mínimo personal y familiar para este cálculo, cuando procede. No es una deducción de 1.980 € en tu nómina. La diferencia aparece al calcular la cuota de retención y después el tipo. Si las anualidades son iguales o superiores a la base, esta mecánica específica no se aplica de esa manera.

La resolución judicial importa. Una transferencia voluntaria, un acuerdo privado o una ayuda informal para los gastos de un hijo no se equiparan automáticamente a las anualidades fijadas judicialmente a estos efectos. Conserva la resolución y los justificantes de pago. Si el importe cambia por una nueva resolución, entrega al pagador los datos actualizados; no supongas que la empresa conoce lo que acuerdaste en familia.

El requisito sobre el mínimo por descendientes evita aplicar simultáneamente dos tratamientos que la norma separa. La convivencia, la custodia y las circunstancias del hijo pueden alterar el derecho al mínimo. No marques una casilla por el simple hecho de estar separado: revisa a qué hijos afecta la resolución, si conviven contigo y qué derecho fiscal corresponde. Si el caso incluye custodia compartida o distintas resoluciones, puede ser necesario revisar la documentación completa antes de comparar nóminas.

Cómo revisar la retención de tu nómina

Una orden de embargo por alimentos es un asunto distinto de estas anualidades a efectos de retención. El embargo afecta a la cantidad que la empresa entrega; la retención es un pago a cuenta tributario. Si aparecen ambos conceptos, comprueba cada línea por separado. La guía de embargo de nómina explica sus límites y excepciones, sin convertirlos en reglas del IRPF.

  1. Localiza la resolución judicial y suma las anualidades por alimentos de los hijos que efectivamente debes satisfacer en el año.
  2. Comprueba que el pagador recibió el modelo 145 con ese importe en el apartado correcto, sin confundirlo con pensión compensatoria al excónyuge.
  3. Anota el bruto anual previsto y el tipo de retención antes y después de comunicar la variación; mantén iguales los demás supuestos.
  4. Pide el detalle del cálculo o regularización si el porcentaje no cambia como esperabas, y verifica si hay otros ingresos o variaciones.

Pensión de hijos y compensatoria no se calculan igual

El modelo 145 reúne en el apartado 4 dos datos distintos: anualidades por alimentos a favor de hijos y pensión compensatoria a favor del cónyuge. El Reglamento trata de manera diferente su efecto en la base o la escala de retención. Por eso escribir ambos importes en una casilla genérica o presentar un solo total puede dar un resultado equivocado. Una pensión pagada a una antigua pareja tampoco se convierte en alimento de hijos porque ambas obligaciones figuren en una resolución.

La nómina mensual refleja una previsión. Si tu empleador recibe el dato a mitad de año puede regularizar el tipo para las retribuciones restantes, con límites del mecanismo de retenciones. No tiene por qué devolverte en esa misma nómina exactamente el IRPF de meses anteriores. En la renta anual se integra lo efectivamente retenido junto con el tratamiento fiscal que corresponda a tus pagos, según sus propias reglas.

Si hay atrasos, pagos no realizados o una modificación de medidas, no extrapoles automáticamente el importe de una mensualidad a doce. Aclara qué anualidades están fijadas y satisfechas, desde cuándo rige la resolución y qué importe has comunicado. Para la comparación de la nómina usa la información que razonablemente conoce el pagador; para tu declaración, verifica los pagos y justificantes reales del ejercicio.

Errores que cambian el resultado

El camino más fiable es documentar primero la obligación, comunicarla bien y comparar dos cálculos con todos los demás datos fijos. Si el importe de la nómina sigue sin cuadrar, pide el tipo aplicado y las bases previstas. Consulta también cómo rellenar el modelo 145 y por qué cambia la retención antes de atribuir todo a las anualidades.

  • Comunicar una cuantía pactada privadamente como si procediera de una decisión judicial.
  • Contar también el mínimo por los mismos descendientes sin comprobar si existe derecho a él.
  • Mezclar alimentos de hijos, pensión compensatoria y embargo en una sola cifra.
  • Leer los 771,20 € del ejemplo como una deducción garantizada en la declaración.
  • Ignorar una modificación de la resolución o una subida de salario posterior.

Fuentes oficiales

Fuentes consultadas el 16 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre pensión alimenticia: irpf de la nómina

¿La pensión alimenticia se descuenta íntegra del IRPF mensual?

No. Bajo los requisitos legales se aplica un cálculo de retención específico; el ahorro en pagos a cuenta no equivale a la pensión pagada.

¿Sirve un acuerdo privado de alimentos para el modelo 145?

El tratamiento descrito exige anualidades por decisión judicial. Un pacto privado no se debe comunicar como resolución judicial.

¿Puedo aplicar mínimo por hijos y escala especial a la vez?

La escala especial exige que los hijos por los que se pagan esas anualidades no den derecho al mínimo por descendientes; hay que revisar la situación concreta.

¿Cuándo cambia la retención tras comunicar la sentencia?

El pagador debe considerar los datos válidos comunicados conforme al reglamento y, cuando proceda, regularizar el tipo en pagos posteriores. El efecto exacto depende del año y las retribuciones restantes.

Información orientativa elaborada con la normativa de 2026. No es asesoramiento fiscal, laboral ni de Seguridad Social: para tu caso concreto, consulta con un gestor o con la propia Seguridad Social o la Agencia Tributaria.