Cuánto cobra un autónomo de baja en 2026, con ejemplos
Cuánto cobra un autónomo de baja por enfermedad común en 2026: 60 % y 75 % de la base de cotización, ejemplos con los tramos de la cuota y cuándo te libras de pagarla.
Por Yassin · Actualizado el
La respuesta corta
Un autónomo de baja por enfermedad común cobra el 60 % de su base de cotización diaria del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21. Los tres primeros días no hay prestación. Como la base depende de lo que cotizas, quien cotiza por la base mínima cobra poco: con una base de 950,98 € al mes, la prestación es de 570,60 € al mes en la primera fase.
Días 1–3
Sin prestación
0,00 € brutos al día
Días 4–20
60 % de la base
19,02 € brutos al día
Desde el día 21
75 % de la base
23,78 € brutos al día
Cómo se calcula
La base reguladora es tu base de cotización del mes anterior a la baja dividida entre 30. Sobre esa cifra diaria se aplica el 60 % o el 75 % según los días de baja. Como en la baja de un asalariado, lo que importa es la base de cotización y no los ingresos reales del negocio. Esa base depende de tu tramo en el sistema de cotización por ingresos reales; si no recuerdas cuál es el tuyo, consulta los tramos de la cuota de autónomos 2026.
Quien paga es la mutua colaboradora con la que tengas cubiertas las contingencias comunes o, si no tienes mutua, el INSS. Lo hace directamente cada mes en tu cuenta bancaria, sin intermediarios. Es la gran diferencia con el trabajo por cuenta ajena, donde la empresa adelanta el tramo inicial: puedes ver ese esquema en quién paga la baja por enfermedad común.
Ejemplos con cuatro bases de cotización
Tomamos cuatro bases reales del sistema de 2026, desde la mínima de la tabla general hasta una base alta, y calculamos la prestación de un mes de 30 días. Añadimos la cuota mensual que pagarías por esa base para que veas qué parte de la prestación se va a pagarla:
| Base mensual | Cuota mensual | Prestación al 60 % | Prestación al 75 % |
|---|---|---|---|
| 950,98 € | 299,56 € | 570,60 € | 713,40 € |
| 1209,15 € | 380,88 € | 725,70 € | 906,90 € |
| 1732,03 € | 545,59 € | 1039,20 € | 1299,00 € |
| 1928,10 € | 607,35 € | 1156,80 € | 1446,00 € |
Con la base mínima, la cuota (299,56 €) se come 299,56 € de los 570,60 € que recibes al 60 %: sobran pocos euros, si es que sobran. Con una base alta (1928,10 €), la prestación es mayor (1156,80 € al mes al 60 %), pero también lo es la cuota (607,35 €). Por eso conviene pensar en la baja cuando eliges tu base: cotizar más durante los meses buenos eleva lo que cobrarás si te pones enfermo.
La cuota durante la baja
Durante los dos primeros meses de baja sigues pagando la cuota de autónomos con normalidad. A partir del día 61, si estás al corriente de pago, la cuota queda exonerada mientras dure la baja: la Seguridad Social la asume y no tienes que ingresarla. En la práctica, es el momento en que la prestación empieza a rendir de verdad, porque el 75 % ya no se reduce por la cuota.
Si tienes tarifa plana, el cálculo cambia porque la cuota es menor; lo explicamos en tarifa plana de autónomos. La base de cotización de la prestación, en cambio, sigue siendo la de tu tramo.
Requisitos para cobrar la baja
- Alta y al corriente. Debes estar dado de alta en el RETA y al día en el pago de cuotas. Con la solicitud suele pedirse el justificante de las últimas cuotas.
- Periodo mínimo de cotización. En enfermedad común se exigen 180 días cotizados en los cinco años anteriores. En accidente no hace falta carencia.
- Solicitud a tiempo. Hay un plazo desde el inicio de la baja para pedir la prestación a la mutua o al INSS; no lo dejes pasar.
- Parte médico de baja. Lo emite el médico de cabecera o el de la mutua, igual que en un asalariado.
Cuánto te queda después de impuestos
La prestación tributa como rendimiento del trabajo y es parte de tu renta del año. Con los importes de la tabla anterior, la retención suele ser nula o muy baja, pero cuando presentes la declaración se sumará a tus rendimientos de actividad. Recuerda además que la prestación nunca es proporcional a tus ingresos reales: si facturas mucho y cotizas poco, la baja te hará perder más que a quien tiene un sueldo equivalente. Para comparar con tus ingresos habituales usa cuánto facturar siendo autónomo para quedarte con 2.000 € netos.
Una reducción de actividad para cuidar a un menor con enfermedad grave tiene requisitos y subsidio propios; consulta la prestación por cuidado de menor antes de aplicar el cálculo de esta baja médica.
Fuentes oficiales
- Seguridad Social: incapacidad temporal de autónomos — cobertura, requisitos y cuantía de la prestación.
- Seguridad Social: Boletín de Noticias RED 1/2019 — gestión del pago de cuotas desde el día 61 de incapacidad temporal.
Fuentes consultadas el 14 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
Dudas sobre la baja de un autónomo
¿Cuánto cobra un autónomo de baja por enfermedad común?
Nada los tres primeros días, el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21. La base reguladora es tu base de cotización del mes anterior dividida entre 30, así que cobrarás tanto más cuanto más hayas cotizado.
¿Quién paga la baja de un autónomo?
La mutua colaboradora con la Seguridad Social a la que estés adscrito o, si no tienes mutua, el INSS. A diferencia de un asalariado, la empresa no adelanta ningún tramo porque no hay empleador.
¿Tengo que pagar la cuota de autónomos estando de baja?
Los dos primeros meses sí. Desde el día 61 de baja, la cuota queda exonerada mientras dure la situación, siempre que estés al corriente de pago.
¿Qué necesito para cobrar la baja siendo autónomo?
Estar de alta y al corriente de las cuotas, acreditar un mínimo de cotización (180 días en los últimos cinco años en enfermedad común) y solicitar la prestación en el plazo previsto desde que empieza la baja.