Cuánto se cobra de baja por enfermedad común en 2026

Cuánto se cobra de baja por enfermedad común en 2026: el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21, con ejemplos de 1.300 a 3.000 € al mes.

Por Yassin · Actualizado el

La respuesta corta

En una baja por enfermedad común o accidente no laboral cobras menos de lo que ganas trabajando. Los tres primeros días no hay prestación (salvo mejora de convenio), del día 4 al 20 te corresponde el 60 % de la base reguladora y desde el día 21 sube al 75 %.

Con una base de 2000,00 € al mes, por ejemplo, cobrarías 1200,00 € al mes al 60 % y 1500,00 € al mes al 75 %, antes de impuestos. Abajo tienes el cálculo para cuatro sueldos.

Baja común con base mensual de 2000 €: prestación diaria bruta
  1. Días 1–3

    Sin prestación

    0,00 € brutos al día

  2. Días 4–20

    60 % de la base

    40,00 € brutos al día

  3. Desde el día 21

    75 % de la base

    50,00 € brutos al día

Cómo se calcula la prestación

El importe de la baja no se calcula sobre tu sueldo neto ni sobre tu bruto de la nómina, sino sobre la base reguladora diaria. Para la enfermedad común es el resultado de dividir la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja entre el número de días a los que corresponde esa cotización (habitualmente 30). Esa base incluye la parte proporcional de las pagas extra, de modo que, si cobras en 14 pagas, la prorrata ya está dentro. Si no sabes cuál es tu base, la encuentras en la nómina o la explicamos en qué es la base de cotización.

Una vez tienes la base diaria, el porcentaje depende del día de baja:

  • Días 1 a 3: sin prestación de la Seguridad Social. Algunos convenios los pagan, total o parcialmente.
  • Días 4 a 20: el 60 % de la base reguladora. Los días 4 a 15 los paga tu empresa y del 16 al 20 la Seguridad Social o tu mutua; lo detallamos en quién paga la baja.
  • Desde el día 21: el 75 % de la base reguladora.

En accidente de trabajo y enfermedad profesional el cálculo es distinto: la prestación es del 75 % desde el día siguiente al de la baja y la base reguladora incluye otros conceptos. Esta guía se centra en la baja común, que es la más habitual.

Ejemplos con cuatro sueldos

Para comparar, tomamos como base mensual cuatro importes habituales (equivalen a un bruto mensual con las pagas extra ya prorrateadas) y calculamos la prestación de un mes completo de 30 días con cada porcentaje:

Prestación mensual bruta por baja común según tu base mensual
Base mensualBase diariaAl 60 % (mes)Al 75 % (mes)
1300,00 €43,33 €780,00 €975,00 €
1500,00 €50,00 €900,00 €1125,00 €
2000,00 €66,67 €1200,00 €1500,00 €
3000,00 €100,00 €1800,00 €2250,00 €

Fíjate en la diferencia: con 3000,00 € de base, pasar del día 20 al 21 de baja sube la prestación de 1800,00 € a 2250,00 € al mes. Y el primer mes de baja, con tres días sin cobro, 17 al 60 % y diez al 75 %, te dejaría 1770,00 € brutos frente a los 3000,00 € que cobrarías trabajando.

Cuánto te queda después de impuestos

La prestación de baja se considera rendimiento del trabajo y se somete a retención de IRPF como un sueldo. Si calculamos la retención con el método de NetoReal sobre la prestación mensual multiplicada por doce, estos serían los resultados orientativos para una persona sin hijos y con situación familiar general:

Retención estimada de IRPF sobre la prestación mensual
Base mensualIRPF al 60 %Neto al 60 %IRPF al 75 %Neto al 75 %
1300,00 €0,00 %780,00 €0,00 %975,00 €
1500,00 €0,00 %900,00 €0,00 %1125,00 €
2000,00 €0,00 %1200,00 €5,07 %1423,95 €
3000,00 €11,39 %1594,98 €17,07 %1865,93 €

Con bases bajas la retención es cero, porque la prestación anualizada queda por debajo del límite a partir del cual se retiene. Con 3000,00 € de base, en cambio, el porcentaje ya es relevante. Es una estimación: la empresa o la mutua aplican la retención con los datos de tu modelo 145 y pueden regularizarla a lo largo del año. Si quieres entender ese cálculo, repasa cómo se calcula la retención de IRPF.

Ten en cuenta otro detalle: durante la baja la cotización a la Seguridad Social sigue en vigor y, según cómo la refleje tu empresa, tu nómina puede mostrar algún descuento por ese concepto. Revisa el desglose de tu nómina para ver qué aparece exactamente.

Por qué tu baja puede cobrarse distinto

  • Mejora de convenio. Muchos convenios completan la prestación hasta el 100 % del sueldo, a veces solo durante los primeros meses o solo en caso de hospitalización.
  • Variables en tu base. Si el mes anterior cobraste horas extra, incentivos o plus puntuales, la base de cotización cambia y con ella la prestación.
  • Duración de la baja. La baja puede mantenerse hasta 365 días prorrogables en determinados casos, y el cálculo del 75 % se aplica siempre desde el día 21.
  • Mes natural frente a 30 días. Si divides la base entre los días reales del mes y no entre 30, la cifra diaria cambia ligeramente.

Qué hacer para saber tu cifra exacta

Mira la base de cotización por contingencias comunes de tu última nómina, divídela entre 30 y multiplica por 0,60 o 0,75. Después compara con tu convenio colectivo: si prevé mejora de la incapacidad temporal, verás cuánto te completa la empresa. Si tu situación incluye pagas extra, entender 12 o 14 pagas te ayudará a distinguir qué parte del sueldo ya está dentro de la base.

Si eres autónomo, el cálculo es diferente: lo explicamos en cuánto cobra un autónomo de baja.

Si vuelves a estar de baja por la misma dolencia, comprueba cómo se cuentan los días de recaída. El cálculo cambia de pagador si termina el contrato durante la baja; la coincidencia con descanso se explica en vacaciones durante incapacidad temporal.

Fuentes oficiales

Fuentes consultadas el 14 de octubre de 2026.

Información orientativa elaborada con la normativa de 2026. No es asesoramiento fiscal, laboral ni de Seguridad Social: para tu caso concreto, consulta con un gestor, con la Seguridad Social, con el SEPE o con la Agencia Tributaria.

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Cómo se hace el cálculo y qué no tiene en cuenta: metodología.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre cuánto se cobra de baja

¿Cuánto se cobra de baja por enfermedad común?

Nada los tres primeros días (salvo que tu convenio diga otra cosa), el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % a partir del día 21. La base reguladora sale de tu base de cotización por contingencias comunes del mes anterior.

¿Cobro lo mismo de baja que trabajando?

No. Con el 60 % o el 75 % de la base reguladora cobras menos que tu sueldo habitual, salvo que tu convenio o tu empresa mejoren la prestación con un complemento, algo frecuente en convenios grandes.

¿Pagan IRPF las prestaciones de baja?

Sí. La prestación por incapacidad temporal es un rendimiento del trabajo y lleva retención de IRPF. Con prestaciones bajas la retención suele ser cero o muy pequeña; sube a medida que lo hace el importe anual.

¿Qué pasa con las pagas extra durante la baja?

La base reguladora ya incluye la parte proporcional de las pagas extra, porque la base de cotización las prorratea. Por eso no se cobra la extra aparte además de la prestación: ya va dentro del importe diario.